Renovación - Labora

Renovación

Puedes renovar tu DARDE desde nuestra página web
Deberás identificarte con tu DNI/ NIE y PIN y acceder a Renovación
También puedes hacerlo llamando al teléfono de información general de la Generalitat 012 ó
963866000, o descargándote nuestra App (GVA Punt LABORA) .

 

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Si te aparece este aviso al intentar renovar tu demanda por Internet, tienes que acudir personalmente a tu Espai Labora por que hay alguna incidencia con tu demanda. Posiblemente sea necesario actualizar datos.

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Puedes solicitar un duplicado de tu DARDE:

- a través de la web labora.gva.es, accediendo a https://puntlabora.gva.es/puntlabora/?lang=ca, una vez identificado podrás acceder a "Certificados".

En caso de no recordar tu PIN puedes obtener uno nuevo a través de nuestra webhttps://puntlabora.gva.es/puntlabora/?lang=es, una vez te identifiques con tu NIF/NIE  verás un enlace de "olvio PIN", te enviarán uno nuevo al teléfono móvil que consta en tu demanda.

- o llamando al 012 o  963 86 60 00.

 

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Recuerda que es muy importante tener actualizados los datos de la demanda.
Puedes cumplimentar el formulario marcando la opción "Otros" que encontrarás en el siguiente enlace y desde tu Espai Labora contactarán contigo para ayudarte. 
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El código PIN se bloquea al intentar introducirlo erróneamente tres veces consecutivas. Puedes desbloquearlo desde internet de la siguiente forma:
https://puntlabora.gva.es/puntlabora/?lang=es , pincha en el acceso a tu demanda, y en "has olvidado tu PIN".  Una vez seleccionado se te facilitará uno nuevo que te enviarán por mensaje al móvil que consta en tu demanda.
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Si no se renueva la demanda por un motivo justificada, se deberá acreditar dicho motivo documentalmente. 
En el caso de no acreditarse, la falta de renovación de la demanda implica:

1. Que la persona solicitante y beneficiaria de prestaciones podrá ser objeto de una sanción que puede comportar la pérdida de la prestación de uno a seis meses o su extinción, según la gradación prevista en el artículo 47.1.a) del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que aprueba el Texto Refundido de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

2. Que la persona no solicitante ni beneficiaria de prestaciones, podrá ser objeto de una sanción que comporta la imposibilidad de volver a darse de alta como demandante de empleo en el plazo de un mes.

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