Talleres de Empleo para Mujeres - Labora

Talleres de Empleo para Mujeres

Talleres de Empleo para Mujeres

Talleres de Empleo para mujeres 2026

 

Personas destinatarias

Este programa de ayudas se dirige exclusivamente a mujeres. Las personas destinatarias de este programa deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos:

  • El alumnado deberá ser mayor de 16 años y además estar en edad de trabajar como mínimo hasta la finalización del proyecto. En el caso de menores de 18 años, pero mayores de 16, deberán aportar los consentimientos y autorizaciones correspondientes.
  • Ser demandantes de empleo, registradas en un servicio público de empleo.
  • Ser desempleadas no ocupadas.
  • Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación en alternancia.
  • Cumplir los requisitos para el acceso a las acciones formativas establecidos en la normativa reguladora de los certificados profesionales, grado C.

Igualmente en las respectivas convocatorias podrá establecerse que el programa vaya dirigido a un determinado colectivo o colectivos de personas con dificultades de inserción laboral o vulnerables, en cuyo caso establecerán como requisito, además de los requisitos mínimos anteriormente citados, que las personas beneficiarias pertenezcan al colectivo o colectivos que se definan en la convocatoria. En este supuesto las convocatorias podrán establecer la formar de acreditación.

El alumnado seleccionado deberá cumplir los referidos requisitos a la fecha de incorporación al proyecto.

 

Realización de los proyectos

Los proyectos tendrán una duración de doce meses equivalentes a 1.920 horas de formación en alternancia con el trabajo o la práctica profesional, que también estará dirigida al aprendizaje, la cualificación y adquisición de experiencia profesional, a cuyos efectos se dedicará a la formación teórica un mínimo del 35% de la duración del proyecto. Los proyectos deberán desarrollar exclusivamente especialidades dirigidas a la obtención de los Certificados Profesionales completos.

El alumnado será contratado por las entidades beneficiarias utilizando exclusivamente el contrato para la formación en alternancia regulado en el artículo 11.2 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, modificado por el Real Decreto Ley 32/2021 de la Reforma laboral, así como en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

La duración de los contratos de trabajo suscritos con el alumnado trabajador no podrá exceder a la fecha de finalización del proyecto.

 

Derechos del alumnado

El alumnado gozará de la gratuidad de la formación.

La formación adquirida por el alumnado será objeto de acreditación mediante Certificado de Aprovechamiento, por parte de Labora.

Previa solicitud de la persona interesada se emitirá el certificado profesional que corresponda.

 

Normativa

 

CONVOCATORIA 2026.

Convocatoria del programa mixto de empleo-formación «Talleres de empleo» para mujeres, con cargo al ejercicio presupuestario 2026, en aplicación de la Orden 23/2024, de 3 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo.

 

 

 

ORDEN 23/2024, de 3 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de los programas Escuelas Taller, Talleres de Empleo y otros programas públicos mixtos de empleo-formación.

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden 23/2024, de 3 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de los programas Escuelas Taller, Talleres de Empleo y otros programas públicos mixtos de empleo-formación.