Ayudas fomento del empleo 2020
ECONCI 2020. Ayudas extraordinarias urgentes a personas trabajadoras que se hayan acogido a la reducción de jornada por conciliación
ECONCI 2020. Ayudas extraordinarias urgentes a personas trabajadoras que se hayan acogido a la reducción de jornada por conciliación
Normativa
- DECRETO LEY 3/2020, de 10 de abril, de adopción de medidas urgentes para establecer ayudas económicas a los trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE, y a los que han reducido la jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por la Covid-19.
- Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
- DECRETO 58/2020, de 8 de mayo, del Consell, de aprobación de bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a trabajadores y trabajadoras acogidos a una reducción de jornada a consecuencia de la Covid-19.
- DECRETO 61/2020, de 15 de mayo, del Consell, de modificación del Decreto 58/2020, de 8 de mayo, de aprobación de bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a trabajadores y trabajadoras acogidos a una reducción de jornada a consecuencia de la Covid-19.
- ACUERDO de 3 de noviembre de 2020, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por el que se amplía el plazo para la resolución y notificación de las ayudas convocadas por el Decreto 58/2020, de 8 de mayo, de aprobación de bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a trabajadores y trabajadoras acogidos a una reducción de jornada a consecuencia de la Covid-19
El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado con fecha 19 de mayo la modificación del decreto para conceder ayudas directas a las personas trabajadoras que se han acogido a la reducción de jornada (en un 50% o más) para atender a familiares como consecuencia directa de la COVID-19 con el objetivo de compensar su disminución de ingresos.
Así, entre los requisitos para poder solicitar la ayuda, se han flexibilizado el criterio de permanencia en la situación de reducción horaria exigiendo, únicamente, mantenerla durante un mes y ha suprimido la obligación de no superar los 22.000 euros de base imponible en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2018.
De esta manera, los requisitos para optar a la ayuda son los siguientes:
a) Figurar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
b) Haberse acogido a la reducción de jornada durante el periodo del estado de alarma en un porcentaje igual o superior al 50%, y mantener esta reducción durante al menos un mes.
c) Tener el domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.
El plazo de presentación de solicitudes se amplia hasta el 9 de junio de 2020
Multimedia
Tramitación y modelos de solicitud
Rellenar en caso de presentar la solicitud presencialmente
- HOR0073E Solicitud
- HOR0003E Domiciliación bancaria
- HOR0075E. Declaración responsable
- HOR0076E Autorización expresa para consultar datos de TGSS
Puedes presentar la solicitud mediante:
Cualquier registro oficial, aquí tienes un listado con los Registros de la Comunidad Valenciana, debido a la situación actual es conveniente que contactes primeramente telefónicamente.
A través de las oficinas de correos.
Presentación de la solicitud telemáticamente
Ante una duda concreta, puedes dirigirte a la siguiente dirección de correo electrónico: concilia_labora@gva.es