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Excepcionalidad a la contratación de personal con diversidad funcional o discapacidad
Las empresas cuya plantilla sea igual o superior a 50 personas trabajadoras están obligadas a contratar al menos a un 2 % de personas con discapacidad. Sin embargo, las empresas pueden excepcionalmente quedar exentas de la obligación de contratar personas con diversidad funcional o discapacidad, si adoptan alguna medida sustitutoria.
Para ello, deben solicitar en LABORA (Servicio Valenciano de Empleo y Formación) la declaración de excepcionalidad con carácter previo a la adopción de las medidas alternativas.
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Modelos de solicitud
Solicitud de declaración de excepcionalidad y de adopción de medidas alternativas para el cumplimiento de la cuota de reserva en favor de personas trabajadoras con discapacidad, conforme a lo establecido en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE de 20 de abril de 2005)
Trámite para presentar la documentación telemáticamente